Guía · Si algo sale mal
Multa por sobrepeso en el camión: qué hacer.
En España, el exceso sobre la masa máxima total o por eje de un camión se sanciona según la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT): leve, grave o muy grave según el porcentaje. En los excesos graves y muy graves detectados en carretera, el vehículo queda inmovilizado hasta que se suprima el exceso (art. 143.4.a).
En corto
- El exceso de peso es leve, grave o muy grave según su porcentaje sobre la masa máxima total o por eje.
- En los excesos graves y muy graves detectados en carretera, el vehículo queda inmovilizado hasta que se suprima el exceso (LOTT, art. 143.4.a).
- Si se excede la masa total pueden responder transportista, cargador, expedidor e intermediario; si se excede un eje, quien hizo la estiba.
Qué hacer ahora
- Lee la denuncia: qué masa se superó (la total o la de un eje), en qué porcentaje y qué artículo se aplica (140.23, 141.2 o 142.2 de la LOTT).
- Si inmovilizan el vehículo: hay que suprimir el exceso, descargando o transbordando parte de la carga, para poder seguir (LOTT, art. 143.4.a). Los gastos de esas operaciones corren por cuenta del transportista.
- Reúne los documentos: la carta de porte, los pesos que declaró el cargador, los tickets de báscula y las instrucciones de carga y estiba. Sirven para acreditar a quién es imputable el exceso.
- Avisa a las demás partes: cargador, expedidor o intermediario, porque la responsabilidad puede ser compartida.
- Consulta tu caso con un asesor antes de que venzan los plazos para presentar alegaciones.
Por qué pasa
Los límites de masa los fija el anexo IX del Reglamento General de Vehículos: la MMA de cada vehículo o conjunto y la masa máxima por eje. El exceso pasa cuando el peso real es mayor que el declarado, cuando la carga está mal repartida y sobrecarga un eje aunque el total cumpla, o cuando se da por hecha una MMA que la masa técnica del vehículo no permite.
La LOTT clasifica así el exceso en un vehículo de más de 12 t de masa máxima autorizada (porcentajes sobre esa masa):
| Infracción | Exceso | Multa (art. 143.1) |
|---|---|---|
| Leve (art. 142.2) | Más del 2,5 % y menos del 10 % en masa total; más del 15 % y menos del 25 % por eje | 301 a 400 € |
| Grave (art. 141.2) | Del 10 % a menos del 20 % en masa total; del 25 % a menos del 40 % por eje | 801 a 1.000 € |
| Muy grave (art. 140.23) | El 20 % o más en masa total; el 40 % o más por eje | 2.001 a 4.000 € |
En vehículos de hasta 12 t, los umbrales son más altos: leve, más del 5 % en masa total o del 20 % por eje; grave, desde el 15 % o el 30 %; muy grave, desde el 25 % o el 50 %.
Cuantías del artículo 143.1 de la LOTT según su texto consolidado en el BOE, consultado el 28 de octubre de 2026. Información general; consulta tu caso con un asesor.
Cómo evitarlo la próxima vez
- Pesa la carga o verifica los pesos que te dan antes de cargar; no te fíes solo del peso de la factura.
- Reparte la carga a lo largo de la plataforma para no sobrecargar un eje, y revisa el reparto tras cada descarga parcial.
- Comprueba la masa técnica de la tractora y del semirremolque, no solo la MMA legal.
- Y valida la carga antes de cargar el camión: comprueba que el peso total y el de cada eje cumplen con tu carga real. Puedes validar el peso total y el reparto por ejes antes de salir.
Los límites de cada vehículo y un ejemplo de reparto, en la guía de pesos y ejes del camión.
Fuentes
Última revisión: